Según solicitado en el Manual de Procedimientos de la Procuraduría Auxiliar de Protección y Defensa
Requisitos de la Querella
1. Si la querella es presentada personalmente, por correo ordinario o electrónico, vía telefónica o a través de facsímile, deberá contener lo siguientes:
a. Nombre completo de las partes, incluyendo ambos apellidos, si se tratare de una persona natural y en su defecto, cualquier dato que pueda conllevar su identificación.
b. Si fuere una corporación, sociedad o fideicomiso, deberá incluir el nombre, dirección física y postal, y número telefónico, de facsímile y de correo electrónico de la entidad, así como también de su principal oficial, socio administrador o fiduciario.
c. Dirección física y postal y el número telefónico del querellante y del querellado.
d. Exposición breve y concisa de los hechos básicos que motiven su reclamación.
e. Una descripción del remedio que se solicita.
f. Gestiones realizadas, si alguna, por el querellante con el querellado disponible para la solución de la reclamación.
g. Una relación o descripción detallada de los documentos disponibles para sostener sus alegaciones.
h. Fecha de los hechos.
2. Si la querella es presentada motu propio por la Oficina deberá contener:
a. Nombre y dirección del querellado
b. Los hechos constitutivos de la petición o querella
c. Las disposiciones legales o reglamentarias por las cuales se imputa la violación.
3. No se permitirá la presentación de querellas que no cumplan sustancialmente con lo dispuesto en las secciones anteriores, según sea el caso. Es importante aclarar que pueden considerarse casos de querellantes anónimos o desconocidos.
4. Será responsabilidad del peticionario presentar a la Oficina toda documentación necesaria para el trámite de su querella.
5. Si el peticionario está impedido para firmar, por alguna u otra razón, será válida una X en el espacio del nombre. Se deberá hacer la anotación en la Hoja de Determinación de Servicios.
Cualquier duda, no dudes en comunicarte.
Wilma Cruz