Ley Núm. 134 del año 2004
(P. del S. 2921), 2004, ley 134
Para enmendar la Reglas de Procedimiento Criminal de 1963
LEY NÚM. 134 DEL 3 DE JUNIO DE 2004
Para enmendar el inciso (b) y el inciso (f) de la Regla 6.1, enmendar los incisos (a), (b) (3) y (6) y el inciso (c); suprimir el inciso (12) y se redenomina el inciso (13) como (12); añadir un nuevo inciso (13); de la Regla 218 de las de Procedimiento Criminal de 1963, según enmendadas, a los fines de hacer obligatoria la imposición de ciertas condiciones como parte de la fianza en determinados delitos y circunstancias, incluir el elemento de peligrosidad como una circunstancia a considerarse al fijar la cuantía de la fianza, disponer que la jurisdicción de la Oficina de Servicios con Antelación al Juicio sea obligatoria y no voluntaria.
EXPOSICION DE MOTIVOS
La lucha tenaz y decidida que lleva la presente administración gubernamental contra la criminalidad requiere adoptar todas aquellas medidas que puedan contribuir de alguna manera a garantizar la tranquilidad y la seguridad pública. La delincuencia, en cualquiera de sus manifestaciones, siempre es fuente de desasosiego y preocupación ciudadana. Pero cuando ésta se extiende a víctimas inocentes por actos de personas que el Estado está en vías de procesar criminalmente y se encuentran disfrutando del derecho constitucional de libertad bajo fianza, el sentimiento de indignación social es de tal magnitud que mueve a reflexión y a considerar otros cursos de acción que minimicen las consecuencias trágicas del crimen.
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