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La Ley Núm, 32 no solo establece el derecho apelativo ante la CIPA de los funcionarios de la Rama Ejecutiva con capacidad de arresto sino que le extiende también al ciudadano el derecho de apelar el castigo impuesto al funcionario o la exoneración de éste, determinados por la autoridad nominadora y con lo cual el ciudadano no está conforme.